29-04-2024 – Función del médico forense y relaciones con otros profesionales en la práctica médico legal

Los Institutos de Medicina Legal se configuran como órganos técnicos que tienen como misión auxiliar a los Juzgados, Tribunales, Fiscalías y Oficinas del Registro Civil, mediante el ejercicio de prácticas periciales médicas, tanto tanatológicas como clínicas y de laboratorio, servidos por Médicos Forenses.

Los Médicos Forenses aúnan en su formación los conocimientos médicos con los legales para así proveer una valiosa información al resto de operadores jurídicos.

Con este curso se pretende ofrecer una visión global de la desconocida actividad desarrollada tanto por los Médicos Forenses como por los Institutos de Medicina Legal, más allá de la realización de autopsias, en su condición de colaboradores de los órganos judiciales a través del análisis de las múltiples interacciones con otras personas, ya sean facultativos, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, Abogados, Trabajadores Sociales.

  • Lugar: UNED Zamora
  • Fecha y hora: Del 29 al 30 de abril de 2024
  • DE 16:00 a 21:00h.
  • Evento difundido a través de la Plataforma AVIP que recibe el soporte técnico de INTECCA
  • Más información.

08-05-2023 – Tratamiento de la Información Financiera en el Marco de la Investigación Criminal. Aspectos Legales y Operativos

La lucha contra la criminalidad económico-financiera, en particular, contra el blanqueo de capitales, la financiación del terrorismo y las grandes estafas financieras representa una prioridad de seguridad para la Unión Europea. En este campo, el intercambio y el acceso a los datos financieros resulta imprescindible al objeto de prevenir, detectar, investigar o enjuiciar, no sólo la comisión de estas acciones delictivas, sino también, respecto de otros delitos de especial gravedad.

La Ley Orgánica 9/2022, de 28 de julio, por la que se establecen normas que faciliten el uso de información financiera y de otro tipo para la prevención, detección, investigación o enjuiciamiento de infracciones penales ha regulado nuevos procedimientos destinados a mejorar las capacidades de investigación de los delitos económico-financieros con el fin de acabar con los recursos de las organizaciones criminales.

Las sucesivas directivas europeas y la legislación nacional establecen diferentes niveles de colaboración entre las Unidades de Inteligencia Financiera (UIF) de los Estados miembros, así como entre estas con las con las entidades obligadas y autoridades nacionales competentes. En el caso español, el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias se constituye como la UIF encargada de recoger y analizar la información que recibe con el objetivo de establecer vínculos entre las transacciones sospechosas y la actividad delictiva subyacente, todo ello con el fin de prevenir y luchar contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.

En este sentido, las recientes modificaciones normativas, donde cabe resaltar la Ley Orgánica 9/2022, de 28 de julio, por la que se establecen normas que faciliten el uso de información financiera y de otro tipo para la prevención, detección, investigación o enjuiciamiento de infracciones penales, abren la posibilidad de solicitar y recibir información financiera o análisis financieros del Servicio Ejecutivo de la Comisión a las autoridades nacionales que resultan competentes: el Ministerio Fiscal; la Fiscalía Europea; las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, y las Policías Autonómicas con competencias estatutariamente asumidas para la investigación de delitos graves; además de los Jueces y Tribunales del orden jurisdiccional penal; la Dirección Adjunta de Vigilancia Aduanera de la Agencia Estatal de Administración Tributaria; así como la Oficina de Gestión y Recuperación de Activos del Ministerio de Justicia y las oficinas de recuperación de activos designadas por España.

De todo lo anterior, se desprende la conveniencia de conocer y profundizar sobre los aspectos normativos y operativos relacionados con los intercambios de información financiera con fines de prevención e investigación delictiva, prestando especial atención a las novedades introducidas en la reciente L.O. 9/2022, de 28 de julio, por la que se establecen normas que faciliten el uso de información financiera y de otro tipo para la prevención, detección, investigación o enjuiciamiento de infracciones penales.