CV – 15-07-2021 – Igualdad en nuestras sociedades: de la perspectiva de género a la reclamación de igualdad real

El tránsito del primer constitucionalismo liberal al actual constitucionalismo democrático y social implica la evolución también de la igualdad. Y así, de la inicial igualdad formal o igualdad de trato, propia del Estado liberal de Derecho (todos han de recibir un trato igual) se alcanza la concepción de la igualdad como igualdad sustancial o real (a partir de la toma de conciencia de la existencia de desigualdades materiales se asume un nuevo modelo de igualdad que mueve a procurar una igualdad real y efectiva mediante la actuación positiva de los poderes públicos). La proyección de la igualdad en nuestro vigente constitucionalismo se realiza a partir de estas dos dimensiones que en gran medida se encuentran entrelazadas. En cualquier caso, es posible ver protecciones en las que la igualdad formal o material es preferente. Podemos encontrar proyecciones preferentemente de la igualdad formal en la reivindicación de una igualdad entre hombre y mujer por lo que se refiere a la violencia de género, también a la igualdad entre hombre y mujer en el ejercicio del derecho de matrimonio, o en la igualdad en el derecho medular de la democracia, la igualdad en el derecho de participación política. Cabe encontrar proyecciones de la igualdad sustancial en la procura de la igualdad en la no discriminación por razón de nacimiento o raza, y así, en el trato al inmigrante, en la directriz constitucional en orden a la resocialización del penado, y, finalmente, en el despliegue de la igualdad material entre hombres y mujeres. En este curso trataremos de analizar estas diferentes proyecciones de la igualdad, quizá centrales para entender el valor y el sentido de nuestro vigente constitucionalismo.