20-10-2021 – La objeción de conciencia

La objeción de conciencia se explica histórica y lógicamente, según cada autor, como una derivación de la libertad de conciencia, de creencias o de opinión, en todo caso, como una derivación del derecho fundamental a pensar libremente y actuar conforme al propio pensamiento. La libertad ideológica y religiosa, reflejada en el artículo 16.1 de la Constitución española de 1978, ofrece cobertura suficiente para acuñar un derecho general- no ilimitado- a desobedecer los mandatos legales por motivos de conciencia y, por tanto, para exonerar de pena a los infractores

La objeción de conciencia, es un fenómeno moderno que solamente puede existir en sociedades plurales y diversas en valores. Dichas sociedades asumen el compromiso político de tratar a los individuos como agentes morales y respetar el valor de su conciencia.

Lo que no se propone la objeción de conciencia es que los demás compartan y respalden el imperativo de la conciencia, simplemente trata de justificar una forma de desobediencia basada en la conciencia individual, aunque esta sea errónea.

La reciente legalización de la eutanasia en nuestro país pone la objeción de conciencia de plena actualidad en este momento.

  • Lugar: UNED Pontevedra
  • Fecha y hora: Del 20 al 27 de octubre de 2021. De 17:00 a 21:00 h.
  • Este evento es difundido a través de la Plataforma AVIP y recibe el soporte técnico de INTECCA
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