CV – 27-06-2022 – La temporalidad en la Función Pública y los procesos de estabilización

La reciente reforma del régimen de los funcionarios interinos y la regulación de los procesos de estabilización para reducir los altos niveles de temporalidad en el sector público constituyen uno de los principales retos a los que se enfrentan hoy día nuestras Administraciones. Ha sido el Derecho de la Unión Europea el que que ha revolucionado la comprensión de la figura del funcionario interino, extrayendo de la Directiva 1999/70 sobre trabajo de duración determinada unas consecuencias que han obligado a reconfigurar la la concepción de esta clase de empleado público. Además de la equiparación de regímenes jurídicos entre funcionarios de carrera y funcionarios interinos, identificando lo que es propio de cada uno de ellos en función de su naturaleza, el mayor reto viene dado por el abuso en la duración de las relaciones temporales funcionariales, lo que es particularmente grave en ámbitos como la sanidad, la educación o la Administración local. La reacción del Legislador español al aprobar la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, constituye una respuesta a las exigencias tanto del Derecho europeo como de los abusos en el uso de la temporalidad pública, pero lejos de resolver las cuestiones a las que pretendía responder, plantea a su vez problemas de comprensión de la figura del funcionario interino y, sobre todo, de regulación y gestión de los procesos de estabilización que a su amparo se deben realizar. Más aún, es necesario analizar la compatiblidad de estos procesos de establización con la legislación de Función Pública, con los principios constitucionales de igualdad y de mérito e incluso con el propio Derecho europeo.